miércoles, 23 de septiembre de 2009

Liquidación de la deuda

Una vez que consignamos o pagamos parte de la deuda. (Debo destacar que ya no nos pueden embargar, el demandante debería solicitar el embargo denuevo, ya que estamos pagando... El embargo sería por otro monto..)
Debemos solicitar la liquidación de la deuda, en otras palabras... Decir cuanto debemos en TOTAL. esto es:
1) El pago de la deuda.
2) El pago de los intereses de la deuda hasta la fecha en que consignamos.
3) El pago del Juicio
4) El pago de otros gastos

Para esto presentaremos otro escrito como el siguiente:



EN LO PRINCIPAL: Solicita liquidación del crédito, tasación y regulación de costas.
OTROSI: Autorización.

S. J. L. en lo Civil



JUANITO BLABLA………………….. por si en los autos caratulados: “Banco de …………………………. con ……”, rol Nº XXX – 20XX a V.S., respetuosamente digo:
Que vengo en acompañar documento que indica la consignación de la deuda con mi acreedor Banco de XXXXX en la cuenta respectiva de este tribunal con fecha de XX de Julio de 20XX.

POR TANTO,
de acuerdo con lo dispuesto en los arts. 138 Y siguientes del Código de Procedimiento Civil,

RUEGO A US.: se sirva ordenar la liquidación del crédito, además se tasen las costas procesales, por el Sr. Secretario del Tribunal; y regular, V. S., las personales, en conformidad al Arancel de Honorarios de Abogados; o como US. se sirva regularlas.

OTROSI: Ruego a V.S. autorizar mi comparecencia personal para este efecto.