miércoles, 23 de septiembre de 2009

Defensa en Juicios por deudas

Estimados Lectores:
La idea de este blog será orientar en la defensa de un juicio por cobro de deudas. De mi parte solamente pretendo ayudar a personas que creo que están sufriendo lo que alguna vez viví, se que es algo sumamente desagradable para todos; me refiero a Ustedes mismos y a toda su familia.

La idea que pretendo con la creación de este blog es que podamos contribuir todos nosotros y aprendamos a defendernos solos... exigiendo nuestros derechos y que asi disminuya el abuso desde empresas de cobranzas y bancos.

Espero que sea de su agrado esta ayuda y desde el anonimato, por razones obvias, trataré de canalizar toda la ayuda que pueda.

Suerte y paciencia a todos

//Justiciero Anónimo ;)

el correo para este propósito será:
juicioxdeuda@gmail.com

Espero que abogados de buen corazon contribuyan a este blog para que todos nos beneficiemos..

INICIO DEL JUICIO

Todo juicio se inicia con la presentacion de la demanda:

Demanda ejecutiva, un juicio de cobro de pagare o deuda. Es un juicio simple que consta de varias etapas:
1) Presentacion de la demanda
El demandante debe acreditar algun instrumento de cobro: un pagaré, un cheque, una factura, etc...
Dentro de los pagares... estos tienen un plazo de vigencia luego prescriben (vencen ) creo que es un año.

En el momento que sepas que existe un juicio en tu contra, es ideal acudir al juzgado para leer la demanda... Alli será posible ver si el documento es valido, si está timbrado por un notario, si la dirección es correcta, etc... Cualquier anomalía en los datos de la presentacion de la demanda, es beneficioso ya que se puede presentar una excepcion (es como una objección) toda objección a la demanda echa por tierra el juicio y el juez deberá terminar la demanda.
Para esto existe un plazo... Por eso es bueno acudir al juzgado y leer en que consiste la demanda, como se trata de un juzgado civil NO QUEDARAS DETENIDO NI NADA PARECIDO!! OJO es posible ir y leer sin ningun problema.

Si uno no acude y no realiza nada! te notificarán por el art. 44... quiere decir que fueron a tu domicilio y realmente vives allí. Te darán por notificado y se iniciará el juicio. Es malo por un lado, ya que la persona que acuda a tu domicilio cobrará cerca de 20 mil pesos por cada visita.
Es importante entender que la deuda debe ser pagada si o sí. Solo si el instrumento de cobro (pagaré) prescribe, entonces te has librado de pagar!!

Cuando uno se defiende en un juicio es importante ganar mucho tiempo!, por eso es importante conocer la demanda y ver de que se trata. Si podemos asesorarnos en un comienzo será posible presentar excepciones y ganaremos tiempo...


Bueno debo decir que no soy abogado! Espero ayudar y si algun abogado quiere contribuir a este blog bienvenido ( a veces es dificil que algun abogado ayude, ya que por este tipo de diligencias solicitan cerca de 200 mil pesos o más--- bueno es su trabajo !!)
Cualquier error trataré de corregirlo, de a poco!!

Suerte a todos!

Recomendaciones

Es preferible para todos el pagar directamente en un tribunal, ya que si repactas la deuda con tu acreedor, cobraran intereses abusivos y el monto puede duplicarse. Adquiriendo un compromiso aun mayor.

Cuando veas que la repactación no es conveniente... No firmes!!

Quizás es mejor solicitar un credito en otra entidad financiera con mejores condiciones y luego cancelar la totalidad de la deuda.

DEBES ENTENDER QUE NO PIDES UN FAVOR... PREMIARAS AL BANCO CON TU COMPRA O TU COMPROMISO
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Llamados abusivos de cobranza

Existe un horario de llamadas, obviamente en horas prudentes. Si esto no se cumple en rigor, puedes denunciar!
Recomiendo poner un reclamo en Sernac, es muy sencillo via internet:
www.sernac.cl
http://201.238.200.107/WD120AWP/WD120Awp.exe/CONNECT/SERNAC_RECLAMOS_PROD


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Otra recomendación importante, es ingresar por internet a:
www.poderjudicial.cl
http://www.poderjudicial.cl/index2.php?pagina1=estados_causas.php
allí podremos conocer si existe algun juicio en contra de nosotros y en que estado se encuentra.

Desde allí es necesario identificar el numero de ROL, CARATULA y JUZGADO donde se encuentra nuestra causa.

Liquidación de la deuda

Una vez que consignamos o pagamos parte de la deuda. (Debo destacar que ya no nos pueden embargar, el demandante debería solicitar el embargo denuevo, ya que estamos pagando... El embargo sería por otro monto..)
Debemos solicitar la liquidación de la deuda, en otras palabras... Decir cuanto debemos en TOTAL. esto es:
1) El pago de la deuda.
2) El pago de los intereses de la deuda hasta la fecha en que consignamos.
3) El pago del Juicio
4) El pago de otros gastos

Para esto presentaremos otro escrito como el siguiente:



EN LO PRINCIPAL: Solicita liquidación del crédito, tasación y regulación de costas.
OTROSI: Autorización.

S. J. L. en lo Civil



JUANITO BLABLA………………….. por si en los autos caratulados: “Banco de …………………………. con ……”, rol Nº XXX – 20XX a V.S., respetuosamente digo:
Que vengo en acompañar documento que indica la consignación de la deuda con mi acreedor Banco de XXXXX en la cuenta respectiva de este tribunal con fecha de XX de Julio de 20XX.

POR TANTO,
de acuerdo con lo dispuesto en los arts. 138 Y siguientes del Código de Procedimiento Civil,

RUEGO A US.: se sirva ordenar la liquidación del crédito, además se tasen las costas procesales, por el Sr. Secretario del Tribunal; y regular, V. S., las personales, en conformidad al Arancel de Honorarios de Abogados; o como US. se sirva regularlas.

OTROSI: Ruego a V.S. autorizar mi comparecencia personal para este efecto.

Consignación de deudas

Consiste en el pago total o parcial de la deuda.
1) Es necesario conocer la deuda total o cuantía.
2) Luego en el tribunal solicitaremos la cuenta del Juzgado.
3) En el banco depositaremos una cantidad, lo que podamos pero acorde a lo que debemos (si debo 100, deposito 20 o 40, pero no 1 ok?) Con lo anterior demostramos nuestro interés en pagar y los intereses cesaran a partir de este minuto.
4) En el banco solicitamos un talonario de deposito judicial, en atencion al cliente, el funcionario muy amablemente nos preguntará el ROL de la causa y la CARATULA (recuerden aquellos nombres)
5) Con el comprobante de deposito lo fotocopiamos y lo llevamos al juzgado.
6) Y acompañamos el siguiente documento o escrito:




EN LO PRINCIPAL: Consigna; OTROSI: Autorización



S. J. L.



_____________, chilena, casada, demandada en los autos ejecutivos, caratulados “_____________. con _____________”, rol de ingreso Nº XXXX-XX, a US. respetuosamente digo:

Vengo en dar cuenta de la consignación realizada en favor del acreedor de autos, consignación depositada en la cuenta corriente del tribunal.


POR TANTO
Ruego a US., que se tenga presente.

OTROSI: Ruego a US. autorizarme para comparecer personalmente en esta presentación
.

Presentación de escritos en Juzgados

Es un hecho muy simple, será como escribir una carta al Juez para explicar lo que quieran realizar. Siempre al final debe ser firmado y en dos ejemplares, uno quedará en el tribunal y el otro para Ustedes.


1) Se debe firmar en 2 copias

2) Solicitan su expediente, dando el numero de ROL (un numero XXXX y la caratula del expediente (Será el nombre de la demanda ej: "BancoXX contra Pedro Ibarra"

2) La persona encargada en el tribunal traerá la carpeta con la causa, la pueden leer con toda libertad. Recomiendo anotar todo lo que no entiendan para luego pedir ayuda.

3) Luego entregarán los documentos o "escritos" en el meson del Juzgado y la persona allí debe timbrar ambos documentos.

4) Uno queda en poder de ellos y el otro lo guardan.



nota: No puede ser negado un expediente, es de acceso publico... luego lo comentaré con más detalle